España adopta los mecanismos de la unión bancaria para resolución de entidades


El Consejo de Ministros aprobó este viernes la remisión a las Cortes Generales del proyecto de Ley de Recuperación y Resolución de Entidades de Crédito y Empresas de Servicios de Inversión para adaptarse así a la normativa europea en relación con la Unión Bancaria.
Durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el titular de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, explicó que se trata de un cambio "fundamental".
Guindos puso en valor que este mecanismo permite tener normas comunes para todos los países de la UE. "Se trata de un intento para eliminar las dificultades y corregir errores", puntualizó.
El ministro de Economía quiso dejar claro que en España "no habríamos tenido que inyectar fondos públicos en el sistema financiero" de haber existido esta regulación.
Según el Gobierno, el objetivo de esta norma es preservar la estabilidad financiera y minimizar el coste para el contribuyente. De este modo, se crea también el Fondo Europeo de Resolución, dotado con 55.000 millones de euros, de los que 5.300 serán aportados por la banca española.
De este modo, se establece un nuevo sistema de asunción de pérdidas para los acreedores de las entidades en resolución, de forma que los primeros serán los accionistas y los acreedores. Además, se establece un Fondo Nacional de Resolución, que aportará al correspondiente fondo europeo y que se dotará anualmente con los recursos de las entidades de crédito con el fin de alcanzar al menos el 1% de los depósitos garantizados a cubrir en 2024.
Las entidades, por su parte, se deberán dotar de planes de recuperación y resolución revisados anualmente. El MUR, previsto para 2016, actuará sobre el 90% de las entidades españolas. En este sentido, el Frob será la autoridad nacional y contará con un presidente independiente y el Banco de España tendrá funciones preventivas.
De acuerdo con el texto, se establece también un nuevo sistema de asunción de pérdidas para los acreedores de entidades en resolución. "El objetivo es asegurar que los costes de posibles crisis bancarias en el futuro no sean asumidos por el contribuyente", explica el Gobierno.
Así, los primeros en asumir las pérdidas serán los accionistas y los acreedores, hasta alcanzar el 8% del total de pasivos de la entidad. Las primeras pérdidas las asumirán los accionistas, después estarían los tenedores de deuda subordinada y productos híbridos; en tercer lugar, los tenedores de deuda senior. Además, quedan excluidos los depósitos cubiertos por el Fondo de Garantía de Depósitos, es decir, hasta 100.000 euros.
En segundo lugar, se establece un Fondo Nacional de Resolución que realizará aportaciones al Fondo Único de Resolución europeo y que se integrará en él a partir de 2016.
Este fondo estará dotado con recursos provenientes de todas las entidades de crédito, que deberán alcanzar en 2024 el 1% del importe de los depósitos garantizados de todas las entidades.
La nueva ley permitirá que este fondo cubra pérdidas hasta un importe adicional equivalente al 5% de los pasivos, siempre que los accionistas y acreedores hayan asumido unas primeras pérdidas equivalentes, al menos, al 8% de los pasivos totales de la entidad.
BANCO DE ESPAÑA
El Mecanismo Único de Resolución (MUR) supervisará el 90% del sistema financiero español y contará con la colaboración del Frob y del Banco de España. Para el restante 10%, las responsabilidades de resolución se reparten entre estos dos últimos organismos, además de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, según se trate de la fase ejecutiva o preventiva de la resolución.
El Frob será la Autoridad Nacional de Resolución ejecutiva, responsable de la ejecución del proceso de resolución de entidades bancarias problemáticas en ese 10%. El nuevo Frob contará con un presidente independiente que tendrá dedicación exclusiva y estará sujeto al régimen de incompatibilidades de altos cargos de la Administración General del Estado. Será nombrado por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Economía y Competitividad, entre personas "con capacidad, preparación técnica y experiencia suficientes".
Por su parte, el Banco de España será la autoridad de resolución preventiva para las entidades de crédito no significativas. Elaborará y aprobará los planes de resolución previo informe, preceptivo pero no vinculante, del Frob.

Mostrar comentarios