En declaraciones a Europa Press, el secretario general del Sindicato Unificado de Policía (SUP) en Galicia, Roberto González, ha explicado que "un error en una actuación" puede derivar "en una condena judicial" a un agente que le supondría la "inhabilitación especial" que, aunque fuese de solo un día, "implicaría la pérdida de la condición de funcionario y la expulsión definitiva del cuerpo".
"Entendemos que cuando alguien comete un delito no merece estar en el cuerpo pero, si en una actuación profesional cometes un error que puede tener un reproche penal o disciplinario, ya sufres suficiente castigo como para tener que pagarlo también con la expulsión", ha señalado.
Y es que, según explica el SUP, el artículo 42 del Código Penal indica que "la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público produce la privación definitiva del empleo o cargo sobre el que recayere, aunque sea electivo, y de los honores que se sean anejos".
Además, el SUP ha recordado que la exposición jurídica de cualquier otro funcionario público no es la misma que la de un agente de la Policía, que se encuentran ante una situación que, en ocasiones, hace que los trabajadores "no actúen con la confianza necesaria en sus intervenciones ante el temor de sufrir una inhabilitación especial por un error profesional".
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