El Gobierno decreta el estado de alarma por primera vez en la democracia

  • Según ha explicado Rubalcaba dicho estado capacita al Ejecutivo para obligar a los controladores a acudir a sus puestos de trabajo y, "estas movilizaciones suponen que en caso de no acudir a su puesto de trabajo, los controladores estarían incurriendo en un delito de desobediencia tipificado en el Código Penal militar", afirmó Rubalcaba.
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Alfredo Pérez Rubalcaba, vicepresidente primero y ministro del Interior, ha comparecido ante los medios pasadas las doce de la mañana para anunciar que el Consejo de Ministros ha establecido bajo decreto el estado de alarma. Rubacaba ha dicho que la medida tenía que tomarse porque "la situación era insostenible".

Según ha explicado Rubalcaba dicho estado capacita al Ejecutivo para obligar a los controladores a acudir a sus puestos de trabajo y, "estas movilizaciones suponen que en caso de no acudir a su puesto de trabajo, los controladores estarían incurriendo en un delito de desobediencia tipificado en el Código Penal militar", afirmó Rubalcaba.

Declarar el Estado de Alarma supone movilizar a todos los controladores, acarreando "penas graves de prisión" a quienes no respondan a esta orden. Los controladores que no acudan a sus puestos pasarán a disposición judicial y podrían incurrir en un delito que puede implicar penas graves de prisión.En principio.... 15 días

El Estado de Alarma se ha declarado por un máximo de 15 días, "en principio", señaló Rubalcaba, quien apuntó que en el supuesto de que se optara por prorrogar ese plazo necesitaría la autorización expresa del Congreso de los Diputados.

Rubalcaba ha justificado la decisión en que "es evidente que no se ha producido esa normalización" necesaria para evitar el estado de alarma. "Nuestros aeropuertos siguen paralizados", ha asegurado.

En el consejo de ministros han participado también el fiscal general del Estado y el Abogado general del Estado.

El vicepresidente primero y ministro del Interior ha pedido también disculpas a todos los afectados y ha confimado que el presidente del Gobierno habló también con el líder de la oposició, Mariano Rajoy, para hablar sobre la grave situación actual.

La Fiscalía de Madrid citará a declarar en los próximos días a los ausentes

La Fiscalía de Madrid ha acordado citar a declarar en los próximos días a todos aquéllos controladores que han abandonado sus puestos de trabajo para valorar si los hechos pudieran ser constitutivos del delito de sedición previsto en la Ley Penal y Procesal de Navegación Aérea de 1964, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

La citación se enmarca en las diligencias de investigación número 322/10 incoadas ayer como consecuencia de los hechos ocurridos en los aeropuertos de Madrid-Barajas y Torrejón de Ardoz a raíz del abandono de sus funciones por parte de los controladores aéreos, alegando falta de adecuación de sus condiciones psico-físicas para el desempeño del cargo.

El Ministerio Público argumenta su posición en la finalidad de averiguar "las causas de dicho abandono, dada la gravedad de los hechos y como consecuencia de los informes iniciales elaborados por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado".

Sobre el estado de alarma

El Gobierno, en uso de las facultades que le otorga el artículo 116.2, de la Constitución, puede declarar el estado de alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca alguna de las siguientes alteraciones graves de la normalidad:

- Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.

- Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.

- Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.

- Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad y concurra alguna de las circunstancias o situaciones anteriores.

Hasta pena de prisión

El vicepresidente del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, declara el 'estado de Alarma' y dura hasta 15 días y estos implicaque "los controladores están en situación de movilización y en caso de no cumplir su trabajo incurrirán en desobediencia militar y tendría pena de prisión".

El artículo diez del Capítulo II de la Ley Orgánica 4/1981 de 1 de junio se recoge lo siguiente:

Uno. El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de la Autoridad competente en el estado de alarma será sancionado con arreglo a lo dispuesto en las leyes.

Dos. Si estos actos fuesen cometidos por funcionarios las Autoridades podrán suspenderlos de inmediato en el ejerclcio de sus cargos, pasando en su caso, el tanto de culpa al Juez y se notificará al superior jerárquico, a los efectos del oportuno expedíente disciplinario.

Tres. Si fuesen cometidos por Autoridades, las facultades de éstas que fuesen necesarias para el cumplimiento de medidas acordadas en ejecución de la declaración de estado de alarma podran ser asumidas podrán ser asumidas por la Autoridad competente durante su vigencia.

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